Registro de propiedad de derechos de autor en Chile

Las obras artísticas y científicas, a pesar de ser inventos novedosos, no pueden ser patentadas por no tener aplicación industrial. Sin embargo, pueden ser protegidas a través de los términos derechos de autor. Y para que pueda proteger sus obras le enseñamos el proceso de registro de propiedad de derechos de autor en Chile.
Requisitos para la inscripción
Se debe saber que, para registrar la obra, la solicitud debe hacerla el individuo designado como el autor y no pueden utilizarse seudónimos que no estén registrados o que no vayan a registrarse. Adicionalmente, será necesario contar con:
- Formulario de Inscripción de Obra Intelectual que puede hallar en el sitio web del DDI.
- El ejemplar de su obra. Puede ser un manuscrito, un impreso o una reproducción en CD o DVD. La carpeta de almacenamiento debe contener el título de la obra y el nombre del autor.
- Para las pinturas, dibujos, esculturas o planos de ingeniería o arquitectura, deben anexarse las fotos, croquis o planos para identificación y explicación.
- Para un filme, debe incluirse una copia del argumento.
- Para una fotografía debe incluirse una copia de la misma.
- Las obras musicales requieren 2 ejemplares de las partituras.
- Un programa de computación debe estar acompañado de su código fuente, manuales y descripción técnica.

Proceso del trámite
Para realizar el trámite, solo debe dirigirse a la oficina del Departamento de Derechos Intelectuales en Herrera 360, Santiago. Una vez en este, al ser llamado al módulo de atención, debe explicar la razón de su visita y hacer la entrega de todo el material listado previamente según sea el caso.
Luego de ello, tendrá que realizar el pago del costo del trámite, dependiendo del caso y de su modo de preferencia, siendo efectivo, transferencia o pago en línea.
Una vez hecho esto, se completará el proceso de solicitud de inscripción. Y puede consultar el estado de la solicitud desde el sitio web del DDI.

Costo y vigencia del registro
Una vez hecho el registro, la obra estará protegida durante toda la vida del autor y por 70 años adicionales luego de su fallecimiento.
Se debe saber que el coste del trámite depende del tipo de obra que se inscriba:
- Obra cinematográfica – 40% de la UTM.
- Obra de ingeniería, arquitectura o programa computacional – 35% de la UTM.
- Cualquier otra obra intelectual – 10% de la UTM.
Como puede ver, el proceso de registro de propiedad de derechos de autor en Chile para obras intelectuales es bastante sencillo, pero debe asegurarse de identificar todo correctamente y de contar con las comprobaciones necesarias para que su obra sea aceptada.
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